Como todos los
accidentes, las caídas desde altura tienen su origen en la existencia de
ciertas condiciones peligrosas y/o en la comisión de negligencias o de actos inseguros.
En
ambos casos el operario puede hacer mucho por la prevención, observando las
normas de seguridad, no cometiendo actos inseguros y corrigiendo las
condiciones peligrosas o dando cuenta de su existencia a su jefe inmediato,
pero sobre todo utilizando los equipos de protección individual (EPP) que se le
entreguen, para todo trabajo con riesgo potencial de caída de altura.
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El Supervisor, jefe de grupo, debe facilitar las instrucciones necesarias
relativas a la
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instalación y uso de los EPP. Debe asegurarse de que efectivamente se
comprenden y respetan.
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Igualmente,
debe examinarse, por persona competente, el equipo y su instalación en todas
sus
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partes,
antes de cada puesta en servicio.
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Respete
las normas de utilización propias del equipo empleado. No modifique el equipo
ni su
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instalación.
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Utilícelo
permanentemente durante todo el tiempo de trabajo e indique cualquier defecto
a la
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persona
responsable de este material.
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No olvide
nunca que el equipo es individual, y que en ningún caso el elemento de unión
deje
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utilizarse
a la vez por varias personas.
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No vuelva
a emplear jamás, si no se ha inspeccionado y reparado, un equipo de haya
sufrido los
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efectos de
una caída.
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RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES
Se considera trabajo
en altura, a todo aquel que se realice por encima de 1.80 metros sobre el suelo
o plataforma fija, sobre fosos, cortes o voladizos.
1. Lesiones
por caída de altura debidas a:
Þ Arnés sin
asegurar.
Þ Caídas al
vacío por no anclarse.
Þ Caídas al
vacío por no uso del arnés de seguridad.
Þ Golpes por
caídas de rocas, por deficiente o no realizar desquinche.
2. Lesiones
a personas que circulan por los alrededores al ser golpeadas por herramientas o
materiales caídos de la parte alta.
MEDIDAS CORRECTORAS
Este tipo de trabajos
para realizarlos con total seguridad requieren de arnés y protecciones acordes
con las normas siguientes:
Þ
En
todo trabajo en altura en ausencia de protección colectiva y con peligro de
caída eventual, será obligatorio el uso de arnés de seguridad.
Þ Los
trabajos sobre tejados requerirán un examen previo de éstos y se les pondrá
puntos sólidos de amarre para las cuerdas de los cinturones de seguridad. A
este personal se le instruirá especialmente.
Þ Para
trabajar y circular sobre tejados frágiles, por ejemplo de fibrocemento, vidrio
o materiales plásticos, deben utilizarse pasarelas de tablones que distribuyan
el peso.
Þ Las
plataformas de trabajo deben estar protegidas del vacío en todo su perímetro
libre, por una barandilla que impida la caída de personas y materiales.
Þ Además de
andamios y plataformas de trabajo, en casos especiales con peligro de caída de
altura, se usarán redes de seguridad.
Þ En todos
los trabajos en altura, se acotarán y señalizarán las zonas de paso de los
niveles inferiores para evitar daños por posibles caídas de objetos, materiales
o herramientas.
Þ
Los
medios de protección contra las caídas deben colocarse correctamente y
mantenerse en buen estado, y no deben ser manipulados, modificados, ni mucho
menos eliminados. Si por algún motivo alguna vez hubiera que retirar esas
protecciones, deberán ser instaladas tan pronto como sea posible.
Þ El arnés
de seguridad como equipo de protección individual que es, debe utilizarse
cuando el riesgo presente de caída de altura en el puesto de trabajo no se
evite con medios de protección colectiva o técnicos.